La licencia de pesca marítima en Galicia es el documento que permite practicar la pesca marítima recreativa en las modalidades reguladas por la Xunta de Galicia. No es una licencia genérica para hacer cualquier tipo de pesca: hay que distinguir entre pesca en superficie, pesca submarina, pesca desde embarcación recreativa y autorizaciones específicas para embarcaciones de la lista 6ª.
Antes de solicitar o renovar la licencia conviene tener clara la modalidad que vas a practicar, porque los requisitos no son iguales para pescar desde costa, desde embarcación o haciendo pesca submarina. También cambian la documentación exigida, los límites de capturas, los útiles permitidos, los horarios y las zonas donde se puede pescar.
Si quieres comparar este trámite con el resto de comunidades, puedes consultar la guía general de licencias y autorizaciones de pesca recreativa.
Resumen rápido de la licencia de pesca marítima en Galicia
Enlaces oficiales para tramitar y descargar documentos
Estos enlaces llevan a la Sede electrónica de la Xunta de Galicia. Son los enlaces que conviene usar para iniciar el trámite, descargar el modelo de solicitud y consultar expedientes o licencias concedidas.
Si el pago o la presentación se interrumpe, entra en “Mi Sede” y revisa los últimos borradores o expedientes. Desde ahí se puede recuperar una solicitud iniciada o descargar una licencia ya concedida.
Clases de licencia de pesca marítima en Galicia
En Galicia hay dos clases principales de licencia de pesca marítima recreativa y una autorización específica para ciertos usos de embarcación. La clave está en no confundir la licencia personal del pescador con las autorizaciones vinculadas a embarcaciones de lista 6ª.
Qué licencia necesitas según cómo pescas
La forma más sencilla de evitar errores es mirar la modalidad real de pesca: no es lo mismo lanzar una caña desde playa, pescar con potera, salir en una embarcación recreativa o practicar pesca submarina. Esta tabla resume qué licencia o autorización corresponde en los casos más habituales.
Edad mínima para pescar en Galicia
La edad mínima depende de la modalidad. En la pesca marítima recreativa de superficie, los menores de 16 años tienen una situación distinta a la de los adultos; en pesca submarina, en cambio, la exigencia es más estricta.
Los menores de 16 años que pescan en superficie no quedan fuera de la normativa. Aunque no necesiten licencia, tienen que cumplir las mismas reglas de tallas mínimas, cupos, aparejos, zonas, horarios y seguridad que el resto de pescadores.
Documentación necesaria para solicitar la licencia
No todos los pescadores tienen que presentar los mismos documentos: la licencia de superficie es el trámite más sencillo, la pesca submarina exige requisitos adicionales por seguridad y las embarcaciones de lista 6ª necesitan una autorización temporal vinculada a la embarcación.
Antes de iniciar la solicitud o renovación, conviene comprobar qué modalidad vas a practicar y preparar los documentos correspondientes. En superficie, el pago debe realizarse desde el propio formulario online para poder obtener la licencia; en otras modalidades, puede aportarse el justificante de pago junto con la documentación requerida.
🎣 Licencia de superficie
Para solicitar o renovar la licencia de pesca marítima de recreo en superficie se necesita:
- DNI, pasaporte o autorización para que la administración consulte los datos.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Solicitud normalizada si se presenta por escrito.
En online: el pago debe realizarse desde el propio formulario para poder obtener la licencia.
🤿 Licencia submarina
Para la licencia de pesca marítima recreativa submarina se necesita:
- DNI, pasaporte o autorización de consulta.
- Certificado médico oficial de aptitud para pesca submarina.
- Seguro de accidentes y responsabilidad civil.
- Licencia de armas o tarjeta federativa que la sustituya.
- Justificante del pago de la tasa.
- Consentimiento paterno, materno o del tutor legal cuando el solicitante sea menor no emancipado.
⛵ Embarcación lista 6ª
Para autorizaciones temporales de embarcaciones de la lista 6ª se exige, como mínimo:
- DNI, pasaporte o autorización de consulta.
- Rol de la embarcación.
- Despacho ante Capitanía Marítima.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
La autorización de embarcación de lista 6ª tiene validez de un año.
Cómo solicitar la licencia de pesca marítima en Galicia online
La licencia se tramita a través del procedimiento PE405A de la Sede electrónica de la Xunta de Galicia. Para la presentación electrónica se utiliza normalmente Chave365 o certificado electrónico.
Cómo renovar la licencia de pesca marítima en Galicia
La licencia de pesca marítima de recreo puede renovarse con una antelación mínima de dos meses antes del fin de su vigencia.
En el trámite online, el sistema puede mostrar diferentes estados:
- Concesión: cuando se solicita una licencia por primera vez.
- Renovación: cuando la licencia está próxima a caducar o ya caducada.
- Vigente: cuando la licencia todavía está en vigor y aún no puede renovarse.
Conviene revisar la fecha de caducidad con margen, especialmente si se pesca desde embarcación, se viaja a Galicia para pescar o se necesita documentación adicional para pesca submarina.
Cañas, aparejos, capturas y zonas de pesca
La licencia habilita para practicar pesca marítima recreativa, pero no elimina la obligación de respetar los límites de útiles, capturas, horarios, distancias, cebos naturales y zonas donde la pesca puede estar restringida.
Cañas, anzuelos y útiles permitidos
En pesca marítima recreativa en superficie, Galicia establece límites concretos por licencia.
Cualquier arte o aparejo diferente de los autorizados puede considerarse antirreglamentario. Esto incluye tanto su uso como su tenencia a bordo de embarcaciones recreativas cuando no esté permitido.
Capturas máximas
Los cupos y límites de captura pueden variar según la modalidad, la especie, la embarcación y las medidas vigentes.
Como regla general, en cualquier modalidad de pesca marítima recreativa se puede capturar un máximo de 5 kg por licencia y día. Puede no computarse el peso de una pieza que supere ese límite, pero solo se permite la tenencia de una pieza que exceda el tope.
Cebos naturales
La normativa gallega permite a los titulares de licencia de pesca marítima recreativa en superficie capturar determinados cebos naturales con límites diarios.
Horarios, distancias y zonas restringidas
La pesca marítima recreativa en superficie puede realizarse durante todos los días del año, salvo restricciones concretas de zonas, especies, puertos, playas, espacios protegidos o normativa local.
La pesca desde embarcación y la pesca submarina deben realizarse en horario diurno, entre el orto y el ocaso. En pesca submarina, además, hay limitación de días y zonas donde no puede practicarse libremente.
¿La licencia de Galicia sirve para pescar en otras comunidades?
La licencia gallega debe interpretarse dentro del sistema general de pesca marítima recreativa en España. No existe una licencia estatal única que se solicite al Ministerio para pescar en cualquier punto del litoral.
La validez territorial puede depender del caladero, de la modalidad autorizada y de la normativa del lugar donde se pesca. Una licencia de superficie no se convierte en licencia submarina, y una licencia personal no sustituye a una autorización de embarcación si esa autorización es exigible.
Cuando se pesca fuera de Galicia, hay que comprobar siempre las reglas de la comunidad donde se realiza la actividad: número de cañas, horarios, tallas, cupos, vedas, zonas de baño, puertos, reservas marinas y espacios protegidos.
Para entender la validez territorial de las licencias y el papel de cada comunidad autónoma, consulta la guía general de licencias y autorizaciones de pesca recreativa.
✅ Licencias de otras comunidades en Galicia
Galicia reconoce permisos de pesca marítima recreativa otorgados por otras administraciones, pero sus titulares deben cumplir las normas gallegas cuando pescan en aguas interiores de Galicia.
En pesca submarina existe una particularidad importante: las licencias submarinas concedidas por otras comunidades autónomas o por otros estados miembros deben ser convalidadas por el órgano competente para poder ejercer esa modalidad en aguas interiores de Galicia.
Errores frecuentes con la licencia de pesca en Galicia
❌ Pensar que la licencia de superficie sirve para todo
No es así. La pesca submarina exige licencia específica y documentación adicional.
❌ No llevar documento de identidad
La licencia es personal e intransferible y debe poder acreditarse la identidad del titular.
❌ Confundir licencia personal y autorización de embarcación
Si una embarcación de lista 6ª necesita autorización, la licencia del pescador no sustituye esa autorización.
❌ Mirar solo la licencia
Puertos, playas con bañistas, zonas protegidas, rías, vedas, cupos, tallas mínimas y horarios pueden cambiar la legalidad de la jornada.
Pescar sin la licencia correspondiente, superar los límites de captura, utilizar aparejos no autorizados, incumplir las distancias o practicar pesca submarina sin la documentación exigida puede dar lugar a responsabilidades administrativas. Consulta la guía de infracciones y sanciones en pesca recreativa.
Preguntas frecuentes sobre la licencia de pesca marítima en Galicia
¿Qué licencia necesito para pescar desde costa en Galicia?
Para pescar desde playa, roca, espigón o costa necesitas la licencia de pesca marítima de recreo en superficie, salvo que seas menor de 16 años, caso en el que la normativa gallega prevé exención para la pesca en superficie.
¿A qué edad se puede sacar la licencia de pesca marítima en Galicia?
La edad mínima es de 16 años para la licencia de superficie y para la licencia submarina. Los menores de 16 años están exentos en pesca de superficie, pero deben poder acreditar la edad si se les requiere.
¿Cuántas cañas puedo usar con licencia en Galicia?
La normativa permite dos cañas o sedales por licencia, con un máximo de seis anzuelos. Los cebos artificiales se consideran anzuelos.
¿Cuántas poteras puedo usar?
Se permiten dos poteras por licencia, respetando las especies, zonas, horarios y límites de captura aplicables.
¿Cuánto pescado puedo capturar al día?
Como regla general, el límite es de 5 kg por licencia y día. Puede no computarse una pieza que exceda ese peso, pero solo se permite la tenencia de una pieza que supere el tope.
¿Cuál es el límite desde embarcación recreativa?
Desde embarcación de lista 7ª el límite general es de 5 kg por licencia y día, con un máximo de 16 kg por embarcación y día si hay más de tres personas embarcadas titulares de licencia.
¿La licencia de superficie sirve para pesca submarina?
No. La pesca submarina requiere licencia específica, certificado médico, seguro, licencia de armas o tarjeta federativa, y cumplimiento de zonas, horarios, boya y distancias.
¿Puedo pescar de noche en Galicia?
La pesca desde embarcación y la pesca submarina deben realizarse en horario diurno, entre el orto y el ocaso. Para pesca desde costa hay que revisar además normas locales, puertos, playas y restricciones concretas.
¿Dónde se tramita la licencia online?
La licencia se tramita en la Sede electrónica de la Xunta de Galicia mediante el procedimiento PE405A, usando Chave365 o certificado electrónico.
¿Dónde descargo la licencia concedida?
La licencia puede descargarse desde la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, en el apartado Mi Sede, accediendo al expediente correspondiente.
Fuentes oficiales consultadas
- Procedimiento PE405A – Sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Documento oficial de solicitud PE405A.
- Mi Sede – Xunta de Galicia.
- Decreto 211/1999, de 17 de junio, por el que se regula la pesca marítima de recreo en Galicia.
- Orden de 17 de septiembre de 2009 por la que se desarrolla el Decreto 211/1999.


