La licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears es el documento necesario para practicar la pesca recreativa o deportiva en el litoral balear dentro de la modalidad correspondiente. No es una licencia única para todos los casos: en Baleares existen licencias para pesca recreativa individual, pesca desde embarcación, pesca submarina y pesca deportiva.
La licencia individual permite pescar desde tierra y, en determinados casos, desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales o similares. La licencia de embarcación ampara la pesca marítima recreativa desde una embarcación. La submarina es específica para la pesca a pulmón libre, y la deportiva está vinculada a competiciones oficiales y entrenamientos.
Tener licencia no significa poder pescar cualquier especie, en cualquier zona ni con cualquier aparejo. En Illes Balears hay que respetar tallas mínimas, cupos de captura, especies sometidas a marcado, vedas como la del raor y el verderol, reservas marinas, autorizaciones específicas, normas de pesca submarina y la obligación de declarar capturas cuando proceda.
La licencia balear tiene sus propios requisitos, precios y vías de tramitación, pero forma parte del marco autonómico de permisos de pesca marítima recreativa. Puedes ampliar la información general en la guía de licencias y autorizaciones de pesca recreativa.
Resumen rápido de la licencia de pesca marítima en Illes Balears
Enlaces oficiales para tramitar y consultar la licencia
Estos enlaces llevan a recursos oficiales del Govern de les Illes Balears, la Sede Electrónica, la ATIB y los consejos insulares. Son los que conviene usar para iniciar el trámite, consultar documentación, pagar tasas, renovar licencias o comprobar las normas aplicables en cada isla.
Tipos de licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears
En Baleares existen cuatro tipos principales de licencia: recreativa individual, recreativa para embarcación, submarina y deportiva. Cada una autoriza una forma distinta de pesca y tiene requisitos propios.
Qué licencia necesitas según cómo pescas
La forma más sencilla de evitar errores es mirar desde dónde vas a pescar. No es lo mismo pescar desde costa, desde kayak, desde una embarcación, con fusil submarino o en una competición federada.
Edad mínima y menores de edad
La licencia recreativa individual es obligatoria a partir de los 14 años. Las personas menores de 14 años no necesitan licencia para practicar pesca marítima recreativa desde tierra, sin perjuicio de cumplir el resto de obligaciones y de ir acompañadas en los casos indicados por la información insular.
Para la pesca submarina, la edad mínima es de 16 años. Las personas menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.
Documentación necesaria para solicitar la licencia
La documentación cambia según el tipo de licencia. La licencia individual es la más sencilla. La de embarcación exige documentación de la embarcación y del armador o propietario. La submarina exige documentación sanitaria o federativa, y la deportiva exige licencia federativa.
🎣 Licencia recreativa individual
Para la licencia individual se necesita:
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o documento reconocido para la primera expedición.
- En renovación, normalmente no es necesario aportar de nuevo el documento de identidad.
- Documento acreditativo de jubilación, si procede.
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa, salvo exención.
⛵ Licencia de embarcación
Para la licencia de embarcación se necesita:
- Solicitud oficial cumplimentada.
- Fotocopia del rol o certificado de navegación actualizado.
- Datos de la embarcación y del armador o propietario.
- DNI, NIE, pasaporte o CIF del armador o propietario en primera expedición.
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
🤿 Licencia submarina
Para la licencia submarina se exige:
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente en primera expedición.
- Licencia federativa española de pesca submarina en vigor; o certificado médico y seguro específico en vigor.
- Documento acreditativo de jubilación, si procede.
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
🏆 Licencia deportiva
Para la licencia deportiva se necesita:
- Documentación identificativa de la persona solicitante.
- Licencia federativa de pesca en vigor.
- Documentación que exija el consejo insular o el órgano competente.
- En competiciones, autorización del campeonato cuando proceda.
Cómo solicitar la licencia de pesca en Illes Balears online
Las licencias se pueden obtener de forma telemática o presencial, según el tipo de licencia y la isla. En Mallorca, el Govern permite tramitar online la licencia recreativa individual, la licencia submarina y determinados trámites de embarcación. En Menorca, Ibiza y Formentera hay que consultar los consejos insulares.
Cómo solicitar la licencia presencialmente
La tramitación presencial depende de la isla. En Mallorca se puede acudir a la oficina de Palma y a las delegaciones del FOGAIBA. En Menorca, Ibiza y Formentera hay que consultar las oficinas y trámites de cada consejo insular.
Tasas, pago y renovación
Las tasas dependen del tipo de licencia, de la vía de tramitación y, en el caso de las embarcaciones, de la eslora. En la licencia individual y submarina, las personas jubiladas y mayores de 65 años no pagan tasa, pero deben obtener igualmente la licencia.
Tasas principales de pesca marítima recreativa en Illes Balears
💳 Pago online
En los trámites telemáticos, el pago puede realizarse durante la tramitación o mediante los sistemas habilitados por la ATIB.
🧾 Modelo 046
La ATIB permite generar el modelo 046 para tasas de licencia de pesca y realizar el pago telemático o imprimir el modelo.
🔁 Renovación
La renovación de embarcación online solo sirve si no hay cambios de propietario, matrícula ni nombre de la embarcación.
Licencia recreativa individual: qué permite y cuánto dura
La licencia de pesca marítima recreativa individual es un documento nominal, individual e intransferible. Es obligatoria a partir de los 14 años y autoriza la pesca recreativa desde tierra en aguas interiores y exteriores.
También permite pescar desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales o similares, pero solo en aguas interiores. Tiene una validez de 3 años.
Licencia de embarcación: primera licencia, renovación y NIB
La licencia de pesca marítima recreativa para embarcación ampara la pesca desde embarcaciones de bandera española de las listas 6ª y 7ª o de bandera de países de la Unión Europea, en aguas interiores y exteriores de Illes Balears. Tiene una vigencia de 3 años.
Para la primera licencia se exige la documentación de la embarcación y del armador o propietario. La renovación o duplicado telemático solo se permite cuando no hay cambios de propietario, matrícula ni nombre de la embarcación. Para renovar online es imprescindible conocer el NIB de la embarcación.
Licencia submarina: requisitos y normas básicas
La licencia de pesca marítima submarina es nominal, individual e intransferible. Es obligatoria para practicar pesca recreativa submarina y tiene una validez de 1 año. La edad mínima es de 16 años, y los menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.
Cañas, aparejos, capturas y especies autorizadas
La licencia autoriza a pescar dentro de una modalidad concreta, pero no permite usar cualquier arte ni capturar cualquier especie. En Baleares hay límites de aparejos, cupos de capturas, especies sujetas a tallas mínimas, especies sometidas a marcado, vedas y obligaciones de declaración.
Pesca recreativa individual desde tierra
Pesca desde embarcación
Capturas, marcado, tallas mínimas y vedas
Dentro de los cupos y vedas de pesca recreativa, en Baleares se puede pescar con carácter general hasta 5 kg más una pieza por licencia y día. Además, hay especies con talla mínima, especies sujetas a marcado y especies con periodos de veda.
Entre las especies o grupos que requieren especial atención están el raor y el verderol, por sus periodos de veda. También deben respetarse las tallas mínimas de las especies reguladas y las obligaciones de marcado de determinados peces.
Especies sujetas a marcado
En la normativa balear aparecen especies sujetas a marcado mediante corte de aleta caudal. Entre ellas figuran especies como serviola, gallo de San Pedro, dentón, cabracho, mero, corvallo y verrugato.
PescaREC y declaración electrónica de capturas
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 214/2026, la declaración de determinadas capturas debe realizarse por medios electrónicos. En Baleares se informa de que la declaración se hará mediante la aplicación móvil PescaREC, siempre que se trate de especies de declaración obligatoria.
Para darse de alta en PescaREC hay que disponer de una licencia en vigor. La aplicación indica las especies que deben declararse en el litoral balear, dentro del caladero Mediterráneo. Esta lista puede cambiar, por lo que conviene revisarla dentro de la propia aplicación.
Reservas marinas en Illes Balears
Illes Balears cuenta con una red de reservas marinas donde la pesca recreativa puede estar limitada, condicionada o sometida a autorización. En estas zonas pueden existir restricciones de días hábiles, artes permitidas, modalidades, capturas, zonas, autorizaciones previas y declaración de actividad.
En la Reserva Marina del Norte de Menorca, por ejemplo, el área C tiene días hábiles específicos para practicar la pesca y el marisqueo recreativo desde tierra y embarcación: martes, jueves, sábados, domingos y festivos.
También existen normas específicas para la Reserva Marina de l’Illa de l’Aire y otras reservas del litoral balear. Por eso, antes de pescar en zona protegida conviene revisar siempre la normativa concreta de la reserva.
¿Sirve una licencia de otra comunidad en Illes Balears?
La información del Consell Insular de Menorca indica que las licencias de otras comunidades autónomas también son válidas para poder pescar en Illes Balears. Aun así, esto no significa que puedas pescar con las mismas reglas que en tu comunidad de origen.
Si pescas en Baleares debes cumplir la normativa balear, las restricciones de reservas marinas, las vedas, tallas mínimas, cupos, autorizaciones específicas y obligaciones de declaración aplicables en las islas.
Resolución, silencio administrativo y plazos
Los trámites de licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears tienen, con carácter general en la Sede Electrónica, un plazo máximo de resolución y notificación de 6 meses y silencio administrativo positivo.
En la práctica, algunas licencias pueden obtenerse de forma inmediata según el canal de tramitación. Por ejemplo, la licencia individual telemática se envía al correo electrónico indicado, y determinados trámites presenciales pueden resolverse al momento.
Errores frecuentes con la licencia de pesca en Illes Balears
❌ Pensar que la licencia individual vale para embarcación
La licencia individual permite pescar desde tierra y artefactos flotantes en aguas interiores, pero no sustituye la licencia de embarcación.
❌ Pescar en reservas sin revisar normas
Las reservas marinas pueden exigir autorización, días concretos, declaración de capturas o limitaciones de modalidad.
❌ Olvidar PescaREC
Determinadas especies deben declararse electrónicamente. La declaración debe hacerse dentro de las 24 horas siguientes a la pesca.
❌ Pescar submarina sin federativa si se usa fusil
Para pescar con fusil submarino es necesario disponer de licencia federativa española en vigor.
❌ No respetar la boya en submarina
En pesca submarina la boya es obligatoria y el buceador no puede alejarse más de 25 metros.
❌ No revisar vedas
Hay que respetar vedas como las del raor y el verderol, además de tallas mínimas y especies sujetas a marcado.
Pescar sin la licencia correspondiente, incumplir una veda, superar los cupos, omitir una declaración obligatoria o pescar sin autorización en una reserva marina puede dar lugar a responsabilidades administrativas. Consulta la guía de infracciones y sanciones en pesca recreativa.
Preguntas frecuentes sobre la licencia de pesca marítima en Illes Balears
¿Qué licencia necesito para pescar desde costa en Illes Balears?
Necesitas la licencia de pesca marítima recreativa individual, obligatoria a partir de los 14 años. Autoriza la pesca desde tierra en aguas interiores y exteriores, respetando el resto de normas aplicables.
¿La licencia individual sirve para pescar desde embarcación?
No. La licencia individual no sustituye a la licencia de embarcación. Para pescar desde una embarcación se necesita la licencia marítima recreativa para embarcación.
¿Cuánto dura la licencia individual?
La licencia recreativa individual tiene una validez de 3 años.
¿Cuánto cuesta la licencia individual?
La licencia individual cuesta 16,21 € si se tramita online y 26,21 € si se tramita presencialmente. Para personas jubiladas o mayores de 65 años es gratuita, aunque deben solicitarla.
¿Qué licencia necesito para pescar desde kayak?
La licencia individual permite pescar desde artefactos flotantes como kayak, piragua, patín de pedales o similares, pero solo en aguas interiores.
¿Cuánto cuesta la licencia de embarcación?
La primera licencia presencial cuesta 47,21 € para embarcaciones de hasta 6 m y 77,80 € para embarcaciones de más de 6 m. La renovación online cuesta 32,21 € o 62,80 €, según la eslora.
¿Cuánto dura la licencia de embarcación?
La licencia de pesca marítima recreativa para embarcación tiene una vigencia de 3 años.
¿Cuánto cuesta la licencia submarina?
La licencia submarina cuesta 28,92 € y tiene una validez de 1 año. Las personas jubiladas y mayores de 65 años no pagan la tasa, pero deben obtener la licencia.
¿Qué edad mínima se exige para pesca submarina?
La edad mínima para obtener la licencia de pesca marítima submarina es de 16 años. Los menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.
¿Puedo pescar con fusil submarino sin estar federado?
No. Para pescar con fusil, según la información oficial, es necesario disponer de licencia federativa española de pesca submarina en vigor.
¿Cuánto pescado se puede capturar al día?
Como regla general, se puede pescar hasta 5 kg más una pieza por licencia y día, sin perjuicio de límites específicos por especie, reserva marina o modalidad.
¿Hay que declarar capturas en Baleares?
Sí, determinadas especies deben declararse electrónicamente mediante PescaREC. La declaración debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la pesca.
Fuentes oficiales consultadas
- Govern de les Illes Balears: información general sobre licencias de pesca marítima recreativa.
- Sede Electrónica CAIB: licencia de pesca marítima recreativa individual.
- Sede Electrónica CAIB: solicitud de primera licencia de pesca marítima recreativa para embarcación.
- Sede Electrónica CAIB: renovación o duplicado de licencia marítima recreativa de embarcación.
- Sede Electrónica CAIB: licencia de pesca marítima submarina.
- Consell Insular de Menorca: trámites de pesca marítima recreativa.
- Consell d’Eivissa: licencias de caza y pesca.
- Consell Insular de Formentera: información de pesca y licencias.
- ATIB: modelo 046 para tasas de licencia de pesca.
- Decreto 34/2014, de 1 de agosto, sobre pesca recreativa y deportiva en aguas interiores de Illes Balears.
- Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en Illes Balears.
- Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, sobre pesca marítima recreativa en aguas exteriores.
- Real Decreto 214/2026, de 18 de marzo, sobre presentación electrónica de solicitudes, declaraciones y comunicaciones en reservas marinas y pesca de recreo.


