Licencia de pesca recreativa en Illes Balears

La licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears es el documento necesario para practicar la pesca recreativa o deportiva en el litoral balear dentro de la modalidad correspondiente. No es una licencia única para todos los casos: en Baleares existen licencias para pesca recreativa individual, pesca desde embarcación, pesca submarina y pesca deportiva.

La licencia individual permite pescar desde tierra y, en determinados casos, desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales o similares. La licencia de embarcación ampara la pesca marítima recreativa desde una embarcación. La submarina es específica para la pesca a pulmón libre, y la deportiva está vinculada a competiciones oficiales y entrenamientos.

Tener licencia no significa poder pescar cualquier especie, en cualquier zona ni con cualquier aparejo. En Illes Balears hay que respetar tallas mínimas, cupos de captura, especies sometidas a marcado, vedas como la del raor y el verderol, reservas marinas, autorizaciones específicas, normas de pesca submarina y la obligación de declarar capturas cuando proceda.

La licencia balear tiene sus propios requisitos, precios y vías de tramitación, pero forma parte del marco autonómico de permisos de pesca marítima recreativa. Puedes ampliar la información general en la guía de licencias y autorizaciones de pesca recreativa.


Resumen rápido de la licencia de pesca marítima en Illes Balears

🌊 Licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears

Organismo

Govern de les Illes Balears y consejos insulares, según la isla y el trámite.

Tipos

Individual, embarcación, submarina y deportiva.

Individual

Desde tierra y artefactos flotantes. Validez de 3 años.

Embarcación

Para embarcaciones de listas 6ª y 7ª o bandera UE. Validez de 3 años.

Submarina

Para pesca a pulmón libre. Validez de 1 año.

Edad mínima

14 años para individual; 16 años para submarina.

Tasas

Desde 16,21 € online individual; 28,92 € submarina; embarcación desde 32,21 € online.

Jubilados y 65+

La licencia individual y submarina son gratuitas, pero hay que solicitarlas.


Enlaces oficiales para tramitar y consultar la licencia

Estos enlaces llevan a recursos oficiales del Govern de les Illes Balears, la Sede Electrónica, la ATIB y los consejos insulares. Son los que conviene usar para iniciar el trámite, consultar documentación, pagar tasas, renovar licencias o comprobar las normas aplicables en cada isla.

📄 Trámites y documentos oficiales

Página general

Información general del Govern sobre licencias de pesca marítima recreativa.

Ver información oficial

Licencia individual

Trámite de licencia de pesca marítima recreativa individual.

Ver trámite individual

Primera licencia de embarcación

Solicitud inicial para pesca marítima recreativa desde embarcación.

Ver primera licencia

Renovación de embarcación

Renovación o duplicado cuando no cambian propietario, matrícula ni nombre.

Renovar embarcación

Licencia submarina

Trámite de licencia de pesca marítima submarina.

Ver trámite submarina

Consell de Menorca

Trámites insulares de pesca en Menorca.

Ver pesca Menorca

Consell d’Eivissa

Información de licencias de caza y pesca en Ibiza.

Ver licencias Ibiza

Consell de Formentera

Información insular sobre pesca y licencias en Formentera.

Ver pesca Formentera

Consejo: en Mallorca se tramita por el Govern y oficinas del FOGAIBA; en Menorca, Ibiza y Formentera conviene revisar también la información del consejo insular correspondiente.

Tipos de licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears

En Baleares existen cuatro tipos principales de licencia: recreativa individual, recreativa para embarcación, submarina y deportiva. Cada una autoriza una forma distinta de pesca y tiene requisitos propios.

Tipo de licencia Modalidad Vigencia Edad mínima
Recreativa individual Pesca desde tierra y artefactos flotantes en aguas interiores. 3 años. 14 años.
Embarcación Pesca marítima recreativa desde embarcación. 3 años. Titular o propietario de la embarcación.
Submarina Pesca recreativa submarina a pulmón libre. 1 año. 16 años.
Deportiva Competiciones oficiales y entrenamientos. 1 año. Requiere licencia federativa.
Idea clave: la licencia individual ya no autoriza a pescar desde embarcación. Para pescar desde una embarcación se necesita la licencia específica de embarcación.

Qué licencia necesitas según cómo pescas

La forma más sencilla de evitar errores es mirar desde dónde vas a pescar. No es lo mismo pescar desde costa, desde kayak, desde una embarcación, con fusil submarino o en una competición federada.

Caso Licencia Detalle práctico
Pescar desde playa, roca, costa o espigón permitido Recreativa individual Es la licencia habitual para pesca desde tierra en aguas interiores y exteriores.
Pescar desde kayak, piragua, patín de pedales o similar Recreativa individual Solo para artefactos flotantes en aguas interiores.
Pescar desde embarcación recreativa Licencia de embarcación Para embarcaciones de bandera española de listas 6ª y 7ª o bandera de países de la Unión Europea.
Pesca submarina Licencia submarina Para pesca a pulmón libre. Con fusil se exige licencia federativa española en vigor.
Competición oficial o entrenamiento federado Licencia deportiva Autoriza la pesca deportiva para competiciones oficiales y entrenamientos.

Edad mínima y menores de edad

La licencia recreativa individual es obligatoria a partir de los 14 años. Las personas menores de 14 años no necesitan licencia para practicar pesca marítima recreativa desde tierra, sin perjuicio de cumplir el resto de obligaciones y de ir acompañadas en los casos indicados por la información insular.

Para la pesca submarina, la edad mínima es de 16 años. Las personas menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.

👤 Edad mínima según licencia

Individual

Obligatoria desde los 14 años.

Embarcación

La solicita la persona titular o propietaria de la embarcación.

Submarina

Edad mínima de 16 años.

Deportiva

Requiere licencia federativa en vigor.

Menores: para pesca submarina, los menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.

Documentación necesaria para solicitar la licencia

La documentación cambia según el tipo de licencia. La licencia individual es la más sencilla. La de embarcación exige documentación de la embarcación y del armador o propietario. La submarina exige documentación sanitaria o federativa, y la deportiva exige licencia federativa.

🎣 Licencia recreativa individual

Para la licencia individual se necesita:

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o documento reconocido para la primera expedición.
  • En renovación, normalmente no es necesario aportar de nuevo el documento de identidad.
  • Documento acreditativo de jubilación, si procede.
  • Resguardo acreditativo del pago de la tasa, salvo exención.

⛵ Licencia de embarcación

Para la licencia de embarcación se necesita:

  • Solicitud oficial cumplimentada.
  • Fotocopia del rol o certificado de navegación actualizado.
  • Datos de la embarcación y del armador o propietario.
  • DNI, NIE, pasaporte o CIF del armador o propietario en primera expedición.
  • Resguardo acreditativo del pago de la tasa.

🤿 Licencia submarina

Para la licencia submarina se exige:

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente en primera expedición.
  • Licencia federativa española de pesca submarina en vigor; o certificado médico y seguro específico en vigor.
  • Documento acreditativo de jubilación, si procede.
  • Resguardo acreditativo del pago de la tasa.

🏆 Licencia deportiva

Para la licencia deportiva se necesita:

  • Documentación identificativa de la persona solicitante.
  • Licencia federativa de pesca en vigor.
  • Documentación que exija el consejo insular o el órgano competente.
  • En competiciones, autorización del campeonato cuando proceda.
Importante: para pescar con fusil submarino, la opción válida es disponer de licencia federativa española de pesca submarina en vigor.

Cómo solicitar la licencia de pesca en Illes Balears online

Las licencias se pueden obtener de forma telemática o presencial, según el tipo de licencia y la isla. En Mallorca, el Govern permite tramitar online la licencia recreativa individual, la licencia submarina y determinados trámites de embarcación. En Menorca, Ibiza y Formentera hay que consultar los consejos insulares.

🖥️ Pasos habituales para tramitarla online
  1. Entrar en la Sede Electrónica del Govern de les Illes Balears.
  2. Elegir el trámite correspondiente: individual, embarcación o submarina.
  3. Rellenar la solicitud con los datos personales o de la embarcación.
  4. Adjuntar la documentación obligatoria cuando el trámite lo requiera.
  5. Pagar la tasa correspondiente durante la tramitación o mediante modelo 046/ATIB.
  6. Finalizar la solicitud.
  7. Recibir la licencia en PDF por correo electrónico o descargar el justificante correspondiente.

Trámite online de la licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears

Online: en la licencia individual, la licencia telemática se envía al correo electrónico indicado por la persona interesada.

Cómo solicitar la licencia presencialmente

La tramitación presencial depende de la isla. En Mallorca se puede acudir a la oficina de Palma y a las delegaciones del FOGAIBA. En Menorca, Ibiza y Formentera hay que consultar las oficinas y trámites de cada consejo insular.

Isla Dónde tramitar Detalle práctico
Mallorca Oficina de Palma y delegaciones del FOGAIBA. Oficina de Palma: c/ Reina Constanza, 4, 07006 Palma. Horario de 9 a 13 h.
Menorca Consell Insular de Menorca. SAC, Sa Granja y Sa Roqueta, según el trámite.
Ibiza Consell d’Eivissa. Las tasas se generan en el momento de efectuar la licencia.
Formentera Consell Insular de Formentera. Servicio de asesoramiento en materia de pesca y tramitación insular.

Tasas, pago y renovación

Las tasas dependen del tipo de licencia, de la vía de tramitación y, en el caso de las embarcaciones, de la eslora. En la licencia individual y submarina, las personas jubiladas y mayores de 65 años no pagan tasa, pero deben obtener igualmente la licencia.

Tasas principales de pesca marítima recreativa en Illes Balears

Licencia o trámite Importe Detalle
Individual online 16,21 € Licencia individual telemática. Validez de 3 años.
Individual presencial 26,21 € Licencia individual en oficina. Validez de 3 años.
Duplicado individual 10,78 € Por pérdida, deterioro o paso de papel a tarjeta plástica. Solo presencial.
Embarcación hasta 6 m presencial 47,21 € Primera expedición o trámite presencial. Validez de 3 años.
Embarcación mayor de 6 m presencial 77,80 € Primera expedición o trámite presencial. Validez de 3 años.
Renovación embarcación hasta 6 m online 32,21 € Solo si no cambian propietario, matrícula ni nombre de la embarcación.
Renovación embarcación mayor de 6 m online 62,80 € Solo si no cambian propietario, matrícula ni nombre de la embarcación.
Duplicado embarcación online Gratuito En el trámite de renovación o duplicado telemático.
Submarina 28,92 € Validez de 1 año.
Duplicado submarina 10,78 € Por pérdida o deterioro de la tarjeta.
Aparejos tradicionales 26,96 € Autorización para morenell, llancetes, rall o moixonera.

💳 Pago online

En los trámites telemáticos, el pago puede realizarse durante la tramitación o mediante los sistemas habilitados por la ATIB.

🧾 Modelo 046

La ATIB permite generar el modelo 046 para tasas de licencia de pesca y realizar el pago telemático o imprimir el modelo.

🔁 Renovación

La renovación de embarcación online solo sirve si no hay cambios de propietario, matrícula ni nombre de la embarcación.

Exención: las personas jubiladas y mayores de 65 años no pagan la tasa de la licencia individual o submarina, pero sí deben solicitar y obtener la licencia.

Licencia recreativa individual: qué permite y cuánto dura

La licencia de pesca marítima recreativa individual es un documento nominal, individual e intransferible. Es obligatoria a partir de los 14 años y autoriza la pesca recreativa desde tierra en aguas interiores y exteriores.

También permite pescar desde artefactos flotantes como piraguas, kayaks, patines de pedales o similares, pero solo en aguas interiores. Tiene una validez de 3 años.

Aspecto Regla Detalle práctico
Edad mínima 14 años Los menores de 14 años no necesitan licencia individual para pescar desde tierra.
Dónde permite pescar Desde tierra En aguas interiores y exteriores, respetando la normativa aplicable.
Artefactos flotantes Permitidos solo en aguas interiores Piraguas, kayaks, patines de pedales y similares.
Validez 3 años Puede obtenerse o renovarse según el canal disponible.

Licencia de embarcación: primera licencia, renovación y NIB

La licencia de pesca marítima recreativa para embarcación ampara la pesca desde embarcaciones de bandera española de las listas 6ª y 7ª o de bandera de países de la Unión Europea, en aguas interiores y exteriores de Illes Balears. Tiene una vigencia de 3 años.

Para la primera licencia se exige la documentación de la embarcación y del armador o propietario. La renovación o duplicado telemático solo se permite cuando no hay cambios de propietario, matrícula ni nombre de la embarcación. Para renovar online es imprescindible conocer el NIB de la embarcación.

Embarcación: las nuevas licencias y las renovaciones con cambios deben tramitarse presencialmente.

Licencia submarina: requisitos y normas básicas

La licencia de pesca marítima submarina es nominal, individual e intransferible. Es obligatoria para practicar pesca recreativa submarina y tiene una validez de 1 año. La edad mínima es de 16 años, y los menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.

Aspecto Regla Detalle práctico
Forma de practicarla A pulmón libre No se pueden usar equipos de buceo autónomos.
Fusil Tracción mecánica Para pescar con fusil es necesaria licencia federativa española en vigor.
Boya Obligatoria El buceador no puede alejarse más de 25 m de la boya de señalización.
Horario Diurno No se puede pescar entre la puesta y la salida del sol.
Linterna Permitida para ver en agujeros No se puede usar para atraer la captura.
Prohibido Ser remolcado Está prohibido ser remolcado por una embarcación.
Submarina: hay zonas de la costa balear donde la pesca submarina está prohibida, especialmente dentro de determinadas reservas marinas o áreas con regulación específica.

Cañas, aparejos, capturas y especies autorizadas

La licencia autoriza a pescar dentro de una modalidad concreta, pero no permite usar cualquier arte ni capturar cualquier especie. En Baleares hay límites de aparejos, cupos de capturas, especies sujetas a tallas mínimas, especies sometidas a marcado, vedas y obligaciones de declaración.

Pesca recreativa individual desde tierra

Aspecto Límite o regla Detalle práctico
Cañas o líneas Máximo 2 cañas o líneas La licencia individual no autoriza la pesca desde embarcación.
Anzuelos Máximo 6 anzuelos en total Incluidos en las dos cañas o líneas.
Spinning Una muestra artificial por caña Según la corrección del Decreto 34/2014.
Capturas Hasta 5 kg más una pieza por licencia y día Regla general indicada por la información oficial balear.

Pesca desde embarcación

Aspecto Límite o regla Detalle práctico
Licencia Obligatoria para la embarcación Desde 2011 es obligatoria también cuando se pesca en aguas exteriores desde embarcación.
Validez 3 años Se asocia a la embarcación, no a una persona individual que pesca desde costa.
Reservas marinas Puede exigir autorización específica Las embarcaciones que quieran pescar en reservas marinas deben disponer de la autorización que corresponda.
Declaración PescaREC para especies obligatorias Cuando se pesca desde embarcación con varios pescadores, toda la pesca la declara una sola persona.

Capturas, marcado, tallas mínimas y vedas

Dentro de los cupos y vedas de pesca recreativa, en Baleares se puede pescar con carácter general hasta 5 kg más una pieza por licencia y día. Además, hay especies con talla mínima, especies sujetas a marcado y especies con periodos de veda.

Entre las especies o grupos que requieren especial atención están el raor y el verderol, por sus periodos de veda. También deben respetarse las tallas mínimas de las especies reguladas y las obligaciones de marcado de determinados peces.

⚠️ Ojo con las reservas marinas: en Illes Balears existen muchas zonas con normativa específica. Antes de pescar en una reserva marina, revisa si necesitas autorización, si hay días hábiles concretos o si la modalidad está limitada.

Especies sujetas a marcado

En la normativa balear aparecen especies sujetas a marcado mediante corte de aleta caudal. Entre ellas figuran especies como serviola, gallo de San Pedro, dentón, cabracho, mero, corvallo y verrugato.

Marcado: si una especie está sometida a marcado, debe marcarse correctamente tras la captura para evitar su comercialización irregular.

PescaREC y declaración electrónica de capturas

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 214/2026, la declaración de determinadas capturas debe realizarse por medios electrónicos. En Baleares se informa de que la declaración se hará mediante la aplicación móvil PescaREC, siempre que se trate de especies de declaración obligatoria.

Para darse de alta en PescaREC hay que disponer de una licencia en vigor. La aplicación indica las especies que deben declararse en el litoral balear, dentro del caladero Mediterráneo. Esta lista puede cambiar, por lo que conviene revisarla dentro de la propia aplicación.

Obligación Detalle
Quién declara Pescadores o representantes de todas las modalidades: costa, artefactos flotantes, embarcación y submarina.
Plazo Dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la pesca.
Autorizaciones específicas Para capturar y retener especies del anexo II, como llampuga o lubina, puede ser necesaria autorización específica desde la aplicación.
Coste Las autorizaciones específicas desde la app se indican como automáticas y gratuitas.
Reservas marinas El Diario de Pesca Recreativa sigue usándose para declarar capturas dentro de reservas marinas, sin perjuicio de PescaREC cuando proceda.
PescaREC: si capturas especies de declaración obligatoria, debes declararlas aunque pesques en aguas interiores o exteriores, según el caso indicado por la normativa y la aplicación.

Reservas marinas en Illes Balears

Illes Balears cuenta con una red de reservas marinas donde la pesca recreativa puede estar limitada, condicionada o sometida a autorización. En estas zonas pueden existir restricciones de días hábiles, artes permitidas, modalidades, capturas, zonas, autorizaciones previas y declaración de actividad.

En la Reserva Marina del Norte de Menorca, por ejemplo, el área C tiene días hábiles específicos para practicar la pesca y el marisqueo recreativo desde tierra y embarcación: martes, jueves, sábados, domingos y festivos.

También existen normas específicas para la Reserva Marina de l’Illa de l’Aire y otras reservas del litoral balear. Por eso, antes de pescar en zona protegida conviene revisar siempre la normativa concreta de la reserva.

Regla práctica: si vas a pescar en una reserva marina balear, no basta con tener licencia; comprueba autorización, días permitidos, zonas y obligación de declaración.

¿Sirve una licencia de otra comunidad en Illes Balears?

La información del Consell Insular de Menorca indica que las licencias de otras comunidades autónomas también son válidas para poder pescar en Illes Balears. Aun así, esto no significa que puedas pescar con las mismas reglas que en tu comunidad de origen.

Si pescas en Baleares debes cumplir la normativa balear, las restricciones de reservas marinas, las vedas, tallas mínimas, cupos, autorizaciones específicas y obligaciones de declaración aplicables en las islas.

Idea clave: la licencia puede ser válida, pero las reglas de pesca son las del lugar donde estás pescando.

Resolución, silencio administrativo y plazos

Los trámites de licencia de pesca marítima recreativa en Illes Balears tienen, con carácter general en la Sede Electrónica, un plazo máximo de resolución y notificación de 6 meses y silencio administrativo positivo.

En la práctica, algunas licencias pueden obtenerse de forma inmediata según el canal de tramitación. Por ejemplo, la licencia individual telemática se envía al correo electrónico indicado, y determinados trámites presenciales pueden resolverse al momento.

Importante: aunque el silencio administrativo sea positivo, no conviene salir a pescar sin tener la licencia o justificante válido correspondiente.

Errores frecuentes con la licencia de pesca en Illes Balears

❌ Pensar que la licencia individual vale para embarcación

La licencia individual permite pescar desde tierra y artefactos flotantes en aguas interiores, pero no sustituye la licencia de embarcación.

❌ Pescar en reservas sin revisar normas

Las reservas marinas pueden exigir autorización, días concretos, declaración de capturas o limitaciones de modalidad.

❌ Olvidar PescaREC

Determinadas especies deben declararse electrónicamente. La declaración debe hacerse dentro de las 24 horas siguientes a la pesca.

❌ Pescar submarina sin federativa si se usa fusil

Para pescar con fusil submarino es necesario disponer de licencia federativa española en vigor.

❌ No respetar la boya en submarina

En pesca submarina la boya es obligatoria y el buceador no puede alejarse más de 25 metros.

❌ No revisar vedas

Hay que respetar vedas como las del raor y el verderol, además de tallas mínimas y especies sujetas a marcado.

Pescar sin la licencia correspondiente, incumplir una veda, superar los cupos, omitir una declaración obligatoria o pescar sin autorización en una reserva marina puede dar lugar a responsabilidades administrativas. Consulta la guía de infracciones y sanciones en pesca recreativa.


Preguntas frecuentes sobre la licencia de pesca marítima en Illes Balears

¿Qué licencia necesito para pescar desde costa en Illes Balears?

Necesitas la licencia de pesca marítima recreativa individual, obligatoria a partir de los 14 años. Autoriza la pesca desde tierra en aguas interiores y exteriores, respetando el resto de normas aplicables.

¿La licencia individual sirve para pescar desde embarcación?

No. La licencia individual no sustituye a la licencia de embarcación. Para pescar desde una embarcación se necesita la licencia marítima recreativa para embarcación.

¿Cuánto dura la licencia individual?

La licencia recreativa individual tiene una validez de 3 años.

¿Cuánto cuesta la licencia individual?

La licencia individual cuesta 16,21 € si se tramita online y 26,21 € si se tramita presencialmente. Para personas jubiladas o mayores de 65 años es gratuita, aunque deben solicitarla.

¿Qué licencia necesito para pescar desde kayak?

La licencia individual permite pescar desde artefactos flotantes como kayak, piragua, patín de pedales o similares, pero solo en aguas interiores.

¿Cuánto cuesta la licencia de embarcación?

La primera licencia presencial cuesta 47,21 € para embarcaciones de hasta 6 m y 77,80 € para embarcaciones de más de 6 m. La renovación online cuesta 32,21 € o 62,80 €, según la eslora.

¿Cuánto dura la licencia de embarcación?

La licencia de pesca marítima recreativa para embarcación tiene una vigencia de 3 años.

¿Cuánto cuesta la licencia submarina?

La licencia submarina cuesta 28,92 € y tiene una validez de 1 año. Las personas jubiladas y mayores de 65 años no pagan la tasa, pero deben obtener la licencia.

¿Qué edad mínima se exige para pesca submarina?

La edad mínima para obtener la licencia de pesca marítima submarina es de 16 años. Los menores de 18 años necesitan consentimiento del padre, madre o tutor legal.

¿Puedo pescar con fusil submarino sin estar federado?

No. Para pescar con fusil, según la información oficial, es necesario disponer de licencia federativa española de pesca submarina en vigor.

¿Cuánto pescado se puede capturar al día?

Como regla general, se puede pescar hasta 5 kg más una pieza por licencia y día, sin perjuicio de límites específicos por especie, reserva marina o modalidad.

¿Hay que declarar capturas en Baleares?

Sí, determinadas especies deben declararse electrónicamente mediante PescaREC. La declaración debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la pesca.


Fuentes oficiales consultadas

  • Govern de les Illes Balears: información general sobre licencias de pesca marítima recreativa.
  • Sede Electrónica CAIB: licencia de pesca marítima recreativa individual.
  • Sede Electrónica CAIB: solicitud de primera licencia de pesca marítima recreativa para embarcación.
  • Sede Electrónica CAIB: renovación o duplicado de licencia marítima recreativa de embarcación.
  • Sede Electrónica CAIB: licencia de pesca marítima submarina.
  • Consell Insular de Menorca: trámites de pesca marítima recreativa.
  • Consell d’Eivissa: licencias de caza y pesca.
  • Consell Insular de Formentera: información de pesca y licencias.
  • ATIB: modelo 046 para tasas de licencia de pesca.
  • Decreto 34/2014, de 1 de agosto, sobre pesca recreativa y deportiva en aguas interiores de Illes Balears.
  • Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en Illes Balears.
  • Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, sobre pesca marítima recreativa en aguas exteriores.
  • Real Decreto 214/2026, de 18 de marzo, sobre presentación electrónica de solicitudes, declaraciones y comunicaciones en reservas marinas y pesca de recreo.
Comparte tu aprecio